Sólo quiere devolver poco más de 16 millones de pesos de los 40 mdp por los que está señalado.
El Tribunal Superior de Justicia, como parte ofendida en la causa penal 743/2023 que se sigue en contra de su ex presidente Jorge Javier ‘N’, podría negarse a que reciba el beneficio de un procedimiento abreviado, pues el Código Nacional de Procedimientos Penales otorga a la víctima la posibilidad de negarse a aceptar el acuerdo tomado entre la parte acusadora y el imputado cuando considere que el daño no está reparado en su totalidad.
Si bien la fiscalía y Jorge Javier “N” podrían tomar un acuerdo en el que el pago de una reparación de daños libre al también notario de pisar la cárcel nuevamente, el artículo 204 del citado código faculta a la víctima, en este caso el Tribunal Superior de Justicia que en este caso es representado por su apoderado legal José Alberto Benítez Domínguez, a protestar el acuerdo y forzar el juicio oral, toda vez que dicho artículo menciona que la víctima u ofendido podrían inconformarse cuando se acredite ante el juez que no se garantiza debidamente la reparación del daño.
DECLARARSE CULPABLE
Consagrado en el artículo 20 constitucional, el procedimiento abreviado que solicitó Jorge Javier “N” es conocido entre los juristas como “declararse culpable”, pues éste se solicita con la finalidad de obtener como beneficio una pena mínima una vez que el imputado conoce de la acusación penal que pesa en su contra y de la cual se sabe responsable, salida legal que está regulada en el Código Nacional de Procedimientos Penales en los artículos 201 al 207.


